domingo, 8 de agosto de 2010

Proximo escrito que remitire para ver si de una vez se aclaran las declaraciones del mentiroso del TENIENTE ALCALDE

AMERSAM
Sardà i Cailà s/n,
Edifici Mercat Central
43201, Reus

Reus 7 de AGOSTO del 2010

Respecto, a la noticia publicada en diferentes medios de comunicación tanto provinciales como digitales, en fecha 4/05/2010 la cual se hacían eco del contencioso administrativo sobre las denuncias de ZONA AZUL en Reus presentado por un ciudadano.

En especial la publicada en el DIARI DE TARRAGONA que en su versión digital, la podéis encontrar en:

http://www.diaridetarragona.com/reus/044098/lleva/juicio/ayuntamiento/pagar/16/multas/zona/azul


Le pido a ustedes me faciliten copia de todos los documentos fiscales que obren en su poder sobre mi supuesta relación laboral con ustedes (contrato, nominas, certificado de retenciones, certificado de días cotizados a la seguridad social o cualquier otro documento que crean oportuno), tal como informa el máximo responsable municipal de la empresa AMERSAN que al mismo tiempo es TENIENTE ALCALDE del Ayuntamiento de Reus el Sr. Eduard Ortiz.

En el caso que no puedan o quieran facilitarme dichas copias, les pido me emitan un informe exponiendo los motivos de su negativa, al mismo tiempo también pido extiendan documento certificativo de mi relación laboral o no con ustedes, la lengua que les pido se me dirijan es en castellano sin detrimento del catalán si consideran oportuno.

Esperando su respuesta, y en espera de la máxima transparencia como empresa seria que considero que son reciban mi mas cordial saludo.

También les autorizo a facilitar estos y otros documentos acreditativos de mi supuesta relación laboral con ustedes a cualquier persona o institución que se interese por los mismos y así no puedan argumentar estar vulnerando la Ley de protección de datos.






Gerardo Dalmau Papio


Sellada y firmada como recibida

P.D. esta carta también será remitida a todos los grupos políticos con representación en el Ayuntamiento de Reus. En especial atención al teniente alcalde y máximo responsable municipal de dicha empresa Sr. Eduard Oritz

miércoles, 4 de agosto de 2010

Parece que hay cabreo

Este fin de semana preparare un escrito, parece que hay cabreo desde el Ayuntamiento, no se si sera por miedo a que se trate de PINOCHO (mentiros) a l´Ortizo, pero mi lema y espero que el Sr. Ortiz-o lo acepte es "se dueño de tu silencio y no esclavo de tus palabras".
Sigo insistiendo Teniente ALCALDE de Reus mentiroso. sino que desmienta, o aporte pruebas de mi relacion laboral en AMERSAM. si tan seguro esta, espero que presente querella por calumnias y si no que calle. A MI PARECER SU COMPORTAMIENTO RESPECTO A MI SE PARECE MAS AUN DICTADOR DESPOTA QUE A UNA PERSONA QUE POR POLITICO SE DEVE APOYAR POR LAS REGLAS DEL JUEGO DEMOCRATICO Y RESPETAR LA CONSTITUCION Y LA PRESUNCION DE INOCENCIA. Os recuerdo que los viguilantes de amarsam son personas que puede ser SUPUESTAMENTE que dependa su puesto de trabajo de las multas o sanciones que hagan, pero
esas multas carecen de presuncion de veracidad, reconocido por el Sr. Presidente de Amersan y TENIENTE ALCALDE YA QUE EN UN PLENO RECONOCIO QUE NO SON AGENTES DE LA AUTORIDAD.

viernes, 4 de junio de 2010

REUS, TENIENTE ALCALDE MENTIROSO


Primero quisiera agradecer el apoyo del grupo municipal de la CORI.

Referente a la noticia PUBLICADA EN la prensa y concretamente en Diari de Tarragonanoticia que la podeis visualizar en: http://www.diaridetarragona.com/reus/044098/lleva/juicio/ayuntamiento/pagar/16/multas/zona/azul

QUISIERA PUNTUALIZAR Y PEDIR QUE:

EL Sr. Eduard Ortiz se RATIFIQUE O RECTIFIQUE SUS DECLARACIONES expuestas entrecomilladas en las diferentes noticias publicadas.

Por lo cual EXPONGO:

1.- RESPECTO A LOS TITULARES DE LAS NOTICIAS.

Dejan entender que lo que se pretende es NO PAGAR LAS SANCIONES comunico que ni intención no es tal, ya que siempre procuro sacar el ticket correspondiente y cumplir con la máxima sobre los deberes y obligaciones que los ciudadanos tenemos. Lo que pretendo con esto es que desde el CONSISTORIO REUSENSE SE CUMPLAN CON LA LEY Y LA JURISPRUDENCIA EN LA TRAMITACIÓN DE ESTAS DENUNCIAS.

2.- RESPECTO A LAS AFIRMACIONES DEL Sr. Ortiz Castellon.

Me sorprende que el Teniente de Alcalde y encima responsable máximo de la empresa municipal de AMERSAM, AFIRME QUE SOY UN EX-TRABAJADOR DE DICHA S.A.M Y ENCIMA DESPEDIDO Y FINIQUITADO.

El motivo es que yo nunca he recibido remuneración alguna por el supuesto trabajo desempeñado en esta SAM o sea esta empresa municipal supuestamente no cumple con el ART 35 de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, EL CUAL DICE:
Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

También pido que los PERIODISTAS, CIUDANOS Y POLÍTICOS pidáis a este representante municipal muestre los TC 2 donde demuestre mi cotización a la Seguridad Social por parte de esta empresa municipal y las retenciones (IRPF) que se supuestamente han efectuado por los ingresos que supuestamente he recibido por mi trabajo. Ya que supuestamente he trabajado en esta empresa si la misma no ha cumplido con el fisco ni la Seg. Soc. la que ha incurrido en supuesto delito es ella misma no ya como supuesto trabajador.

Respecto a que desde que supuestamente deje de trabajar en esta empresa no quiero pagar la zona azul eso es totalmente falso, lo cierto es que desde que salio publicada en el Diari de Tarragona en el apartado CARTAS AL DIRECTOR, UNA CARTA ABIERTA BAJO EL TITULO “ CARTA AL ALCALDE DE REUS Y MÁXIMO RESPONSABLE EN LA TRAMITACIÓN DE LAS MULTAS” podéis visualizarla en la siguiente dirección Web http://www.diaridetarragona.com/opinio/cartasaldirector/025061/carta/alcalde/reus/maximo/responsable/tramitacion/multas
Los trabajadores de dicha empresa se han dedicado a multarme aun teniendo el tiquet en vigor demostrado en diferentes recursos que aun después de ratificarse el vigilante lo he presentado y la unidad de multas ha tenido que reconocer su error. ¿Sr. Ortiz ha denunciado a esos empleados por hacer denuncias falsas, que la tramitación ha costado dinero al ciudadano? LES RECUERDO QUE HACER DENUNCIAS FALSAS ES DELITO EN ESPAÑA Y CATALUNYA TAMBIÉN.

Gerard Dalmau

domingo, 2 de mayo de 2010

CULPABLES SIN PRUEBAS FIDEDIGNAS


Al igual que le paso al Sr. Francisco García Pérez y que reflejo en su carta al director publicada en el DIARI DE TARRAGONA en fecha 23/04/2010 titulada PRESUNTOS CULPABLES, 48 euros.
ME HA PASADO TAMBIÉN A MI.

Sobre la carta que remite la unidad de multa expongo:

1.- Se dice que el interesado “NO HA PRESENTADO MAS ALEGACIONES”. Eso es FALSO yo siempre presento alegaciones. “VISTO QUE AMERSAM , HA INFORMADO QUE LA DENUNCIA ES CORRECTA (sin aportación de prueba alguna). AMERSAM es una empresa privada, no un cuerpo se seguridad oficial, le informo por si no tiene conocimiento Sr. ORTIZ CATELLON responsable municipal de la Guardia Urbana y de dicha sociedad anónima municipal, O sea como JUAN PALOMO YO ME LO GUISO, YO ME LO COMO.

2.- Dentro del procedimiento, sorprende y apena el trato acaso ilegitimo que se otorga al administrado por Ayuntamiento de Reus y su unidad de multas. LA ADMINISTRACIÓN FALTA A LA VERDAD. La diligencia del administrado ha permitido rechazar esa postura acaso torticera.Y sorprende esa actitud cuando la Administración nada acredita contra lo que le es de obligado cumplimiento y acude a lo que la doctrina conoce como “PRUEBA DIABÓLICA”. La prueba negativa.

Yo podré demostrar que estuve o hice, pero ¿Cómo puedo demostrar que no estuve ni hice? Someter al administrado a una exigencia inadmisible puede incluso suponer una DESVIACIÓN DE PODER, que creo es como se define, y lo digo con toda prudencia. Es competencia de la Administración demostrar con pruebas DE CARGO fidedignas y validas la acusación o sanción con la que se pretende denunciar al administrado QUE DESVIRTUÉ LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, en ningún caso es el administrado que tiene que demostrar su inocencia y así lo recoge la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA EN SU ARTICULADO CONCRETAMENTE ART. 24.

3.- Adicionalmente reitero que los vigilantes de la SAM Municipal (AMERSAM) NO SON AGENTES DE LA AUTORIDAD, ni siquiera para estos la presunción de inocencia es una “PATENTE DE CORSO”. Así lo han reconocido varias sentencias, pues la necesidad de la PRUEBA MUNICIPAL ES INDISCUTIBLE.
Pero, las LEYES privan de validez a unos testimonios, como en este caso, de unas personas asalariadas, empleadas de AMERSAM, que evidentemente de no satisfacer los deseos del empleador corren el riesgo de perder su empleo. EVIDENTEMENTE ESE TESTIMONIO ES INSOSTENIBLE.

Adicionalmente informo que el JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 2 DE TARRAGONA ha admitido a tramite recurso presentado contra sanciones de ZONA AZUL DE REUS, la vista se celebrara el próximo 5 de octubre del 2010 las 12:30. sito Av. Roma nº 23 bajos Tarragona.

GERARDO DALMAU PAPIO

domingo, 21 de febrero de 2010

ESTARA PASANDO EN REUS LO MISMO QUE PASO EN SANT ADRIÀ


Parece que en Reus la empresa municipal AMERSAM este haciendo lo mismo que supuestamente se ha hecho en SANT ADRIA DEL BESOS mediante su empresa EUSAB, ambas gestionadoras de ZONA AZUL en sus respectivas ciudades. la cuestión es:

¿Predomina el afán recaudatorio al buen servicio?

En Sant Adrià una trabajadora fue despedida por supuestamente no acatar las órdenes que sus superiores o dirigentes de la empresa le exigían que denunciara un número determinado de vehículos al día. Ella argumento que no podía inventárselas.

La noticia la podéis leer en la siguiente dirección Web:
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/01/03/barcelona/1262544973.html


En Reus parece que los trabajadores tienen miedo a ser despedidos, pero el caso es que en los últimos 6 meses mas o menos, a mi me han denunciado en unas 10 ocasiones aun teniendo el ticket validando el pago para estar estacionado. Algunas de ellas después de presentar el recurso, el vigilante se ha ratificado sin aportar prueba de cargo alguna (fotográfica, testifical, sin intervenir agente de la autoridad etc…) como es de costumbre y yo después de recibir la ratificación del vigilante he aportado como prueba a la falsedad de la multa y de la ratificación copia y original del ticket y pidiendo que se sancione al vigilante de turno por emitir denuncia falsa o subsidiariamente a la empresa concesionaria.

Recuerdo que la tramitación de estas denuncias tiene un coste el cual se paga mediante los impuestos que recauda nuestro ayuntamiento. El coste de estas denuncias es: Papel, correo certificado (0.50 euros por carta), sueldo del funcionario que las tramita, sueldo del trabajador de la O.A.C. (oficina atención al ciudadano) que decepciona los escritos de alegaciones, perdida de tiempo al ciudadano para presentar los escritos y el tiempo de espera en las dependencias municipales (mas o menos 2 horas de trabajo entre recepcionar carta certificada, preparar escrito, desplazamiento a las oficinas municipales y espera etc…)

Si el sueldo medio de un trabajador normal es de 1000 euros mes por un trabajo de 160 horas mensuales (40 semanales) resulta que cada hora que nos hacen perder tendríamos que ser indemnizados con unos 7 euros HORA. Pero si en cambio esto lo calculamos con el sueldo del alcalde De nuestra ciudad que según se dice es de más de 60000 euros anuales esta cantidad pasaría a 31,25 euros hora.

¿Quién me paga el tiempo perdido?


El vigilante, AMERSAM, el gerente de la empresa concesionaria, el responsable de la tramitación de las multas o de la guardia urbana (Sr. Eduard Ortiz), el ALCALDE o quien.

LOS SR. VIGILANTES DE AMERSAM QUE HASTA LA FECHA ME HAN DENUNCIADO AUN TENIENDO TICKET, ALGUNAS DENUNCIAS RECONOCIDAS YA COMO ERROR Y OTRAS A LA ESPERA SON:

VIGILANTE 963, DOS DENUNCIAS
VIGILANTE 928, DOS DENUNCIAS
VIGILANTE 901, UNA DENUNCIA
VIGILANTE 970, UNA DENUNCIA
VIGILANTE 703, UNA DENUNCIA
¿VIGILANTE 911, UNA DENUNCIA
VIGILANTE 707, UNA DENUNCIA
VIGILANTE 959, UNA DENUNCIA

Solo pido que los vigilantes no se dejen tomar el pelo por sus superiores, si ratifican es que pueden demostrar, no solo con su palabra sino con pruebas, o si no que pidan ratificar al amparo de sus superiores.

Solo informo que el JUZGADO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE TARRAGONA HA ADMITIDO A TRAMITE UNA QUEJA POR MALA TRAMITACIÓN DE DENUNCIAS DE ZONA AZUL EN REUS.

A LOS VIGILANTES DE AMERSAM, NO VOY EN CONTRA VUESTRA VOY EN CONTRA DE CÓMO VUESTROS SUPERIORES OS UTILIZAN, TANTO VUESTRO GERENTE COMO EL RESPONSABLE MUNICIPAL DE TURNO QUE ÚLTIMAMENTE TIENE MUCHOS AMIGOS EN EL CARRILET, TODO CAMBIARIA SI VOSOTROS LOS VIGILANTES DE AMERSAM ENTRARAIS A FORMAR PARTE DE LA POLICÍA LOCAL CON SUELDO DIRECTO DEL AYUNTAMIENTO Y MEDIANTE LA FIGURA DE AYUDANTE DE POLICÍA LOCAL O LO DENOMINADO “AGUATZIL” PERO CLARO A ESE ESTATUS SOLO SE ACCEDE MEDIANTE OPOSICIÓN.

domingo, 13 de diciembre de 2009

UNA RAZÓN MAS DE NULIDAD DE LAS MULTAS DE ZONA AZUL Y OTRAS

Una razón más, además de las ya expuestas en otros comentarios como pueden ser:

1.- El trabajador de la empresa concesionaria NO ES AGENTE DE LA AUTORIDAD reconocido en pleno de noviembre del 2008 por el Sr. EDUARD ORTIZ.

2.- Se deben tramitar como las denuncias voluntarias, dado lo cual el denunciante tiene que demostrar con pruebas fidedignas lo que pretende denunciar y posteriormente sea sancionado el denunciado. RECUERDO QUE TODO CIUDADANO ESPAÑOL ES INOCENTE MIENTRAS NO SE DEMUESTRE LO CONTRARIO (art. 24.2 CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA).

3.- Jurisprudencia, sentencias de LOS DIFERENTES TRIBUNALES SUPERIORES.

También existe la posibilidad de argumentar el incumplimiento de:

1.- REAL DECRETO 13/1992, DE 17 DE ENERO

POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACION, PARA LA APLICACION Y DESARROLLO DEL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRAFICO, CIRCULACION DE VEHICULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL
APLICACION DE LAS SEÑALES
SECCION 1ª GENERALIDADES
ARTICULO 137. Inscripciones.
Para facilitar la interpretación de las señales, se podrá añadir una inscripción en un panel complementario rectangular colocado debajo de las mismas o en el interior de un panel rectangular que contenga la señal.
Excepcionalmente, cuando las autoridades competentes estimen conveniente concretar el significado de una señal o de un símbolo o, respecto de las señales de reglamentación, limitar su alcance a ciertas categorías de usuarios de la vía o a determinados períodos, y no se pudieran dar las indicaciones necesarias por medio de un símbolo adicional o de cifras en las condiciones definidas en el Catálogo Oficial de Señales de la Circulación y Marcas Viales, se colocará una inscripción debajo de la señal, en un panel complementario rectangular, sin perjuicio de la posibilidad de sustituir o completar esas inscripciones mediante uno o varios símbolos expresivos colocados en la misma placa.
ARTICULO 138. Idioma de las señales.
Las indicaciones escritas de las señales se expresarán al menos en el idioma español oficial en todo el territorio del Estado.

2.- Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Artículo 56. Idioma de las señales.
Las indicaciones escritas de las señales se expresarán al menos en el idioma español oficial del Estado.

En nuestra ciudad, Reus, al igual que en muchas otras al estar las señales exclusivamente en catalán incumplen la Ley expuesta, saltándose a la torera el IMPERATIVO LEGAL al cual están obligados por LEY, las señales de zona azul de nuestra ciudad son señales que no cumplen con la legislación dado lo cual no deberían de existir y aun mas grave no se puede o se debe sancionar a los usuarios por el motivo que esta señalización no CUMPLE CON LA LEGISLACIÓN.

Lo cierto es que en las comunidades autonómicas con legua propia se puede utilizar la lengua regional pero nunca de puede reemplazar anulando la Estatal. se tiene por obligación o imperativo legal rotular con las dos.


La legislación a que hago referencia la podeis encontrar en las siguientes paginas webb:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg339-1990.t3.html#a56

http://www.autovia.com/legislacion/cod-circula/5.php


P.D.

A cierta AGRUPACIÓN DE REUS y mas concretamente a su presidenta, en lugar de intentar desprestigiar con falsedades a un ciudadano, se dedique ha respetar el pensamiento en el cual se basa su plataforma que según consta es la de defender al ciudadano. Le sugiero que tenga menos afán de protagonismo y se dedique mas a informar al ciudadano correctamente, dando información de interés como hago yo de forma altruista y sin recibir subvenciones de ninguna clase. También le sugiero que a mas a mas de informar de lo que han conseguido otros colectivos que merecen todo mi respeto y mi apoyo por conseguir lo que han conseguido, difunda y explique que ha hecho o presentado y donde, como plataforma de Reus creo que tambien deberia dedicar mas tiempo a sus conciudadanos, para defender a los ciudadanos de Reus.

Creo, si no estoy equivocado que lo único que se ha presentado es un escrito al SINDIG que mas parecía una tesis de cómo gestionar la empresa municipal que no de denuncia contra la tramitación de dichas sanciones de ZONA AZUL. Además el comentario vox populi es que este escrito fue firmado por dos personas aunque una de ellas al poco tiempo se desmarco muy claramente de usted al ver sus aspiraciones que parecían mas que lo que pretendía es entrar a formar parte de la cúpula dirigente de una SAM, o conseguir entrar en alguna formación política para que en las próximas listas tuviera la posibilidad de entrar a formar parte de la clase política acomodada de nuestra ciudad que no de defender al ciudadano.

El refranero español es muy sabio y como ejemplo pongo:

“A TODO CERDO TARDE O TEMPRANO LE LLEGA SU SANT MARTIN”

“QUIEN MUCHO ABARCA POCO ALCANZA”

y muchos mas.

También le informo a esta Presidenta que hay gente que ya ha visto documentación acreditativa de cierto contencioso administrativo en TARRAGONA presentado por un particular no por ninguna plataforma, creo que usted pretende mas que le paguen la cuota y después dios dirá, que no de otras cosas.

DEDÍQUESE A RESPETAR EL PRINCIPIO DE LA PLATAFORMA Y DEJE DE LADO EL AFÁN DE PROTAGONISMO.

domingo, 1 de noviembre de 2009

Y AUN DICEN QUE NO ES CON AFÁN RECAUDATORIO

NOTICIAS DE ENTERES:
http://www.lavanguardia.es/lv24h/20091021/comentarios_53809107940-1.html

http://noticias.lainformacion.com/espana/la-grua-podra-llevarse-los-coches-aparcados-en-zona-azul-sin-ticket_4QWoTsrZN0MJ6XDxVj6ce1/

En cuanto la justicia se ha posicionado de parte del contribuyente en anular las sanciones impuestas por diferentes municipios respecto de la zona azul (ver comentarios anteriores de este bloog). Van y nuestros “amados políticos“ se sacan de la manga una MODIFICACIÓN DE LA LEY SOBRE EL MÉTODO SANCIONADOR.

Cuidado a partir de ahora.

Lo primero que hay que vigilar es cuando sale publicada la LEY en el BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO y después a vigilar como aparcamos en las odiadas ZONAS AZULES.

Lo que ha hecho el gobierno en lugar de actuar contra la mala TRAMITACIÓN DE LAS SANCIONES es que de forma indirecta paguemos, sino nos retira el coche la grúa la cual cosa nos perjudica ya que la grúa es de obligado cumplimiento pagarla si queremos retirar el coche del deposito, pero la multa es discutible sino interviene AGENTE DE LA AUTORIDAD.

Lo que os recuerdo es que, para que un vehículo sea retirado por la grúa tiene que intervenir AGENTE DE LA AUTORIDAD o sea también dará validez a la sanción por infracción de la ORDENANZA MUNICIPAL cosa que hasta la fecha no sucede.

Por un lado se llenan la boca de decir que nos bajan los impuestos y después nos cosen a sanciones. O SEA lo que dicen que nos dan por un lado nos lo quitan por OTRO multiplicado por infinito.

Esta modificación de la Ley es mas con afán recaudatorio que no SOCIAL Y DE CIVISMO, claro primero dicen desde el GOBIERNO CENTRAL que hay que ajustarse el cinturón y hay menos dinero para los AYUNTAMIENTOS, pero después mediante modificaciones de LEYES ayudan de forma directa a que AYUNTAMIENTO SIN ESCRÚPULOS como el nuestro pueda recaudar mas multiplicando las multas y el servicio de la grúa municipal.

Yo siempre he pensado que la grúa solo actuaba contra los vehículos que acarreaban directamente obstáculo o peligro a la circulación rodada pero visto lo visto me pregunto:
¿QUE MOLESTIA HACE UN COCHE DEBIDAMENTE APARCADO EN SU LUGAR DEBIDAMENTE SEÑALIZADO A LA CIRCULACIÓN RODADA?

RESPUESTA

NINGUNA.

SIGO PENSANDO LO DEL ANUNCIADO ESTO ES AFÁN RECAUDATORIO Y CLIN CLIN CAJA LO DEMÁS SON TONTERÍAS.

Sino mirar que declaraciones del Señor ministro: Rubalcaba dice que no multamos por placer sino para que la gente no lo vuelva a hacer