domingo, 2 de mayo de 2010

CULPABLES SIN PRUEBAS FIDEDIGNAS


Al igual que le paso al Sr. Francisco García Pérez y que reflejo en su carta al director publicada en el DIARI DE TARRAGONA en fecha 23/04/2010 titulada PRESUNTOS CULPABLES, 48 euros.
ME HA PASADO TAMBIÉN A MI.

Sobre la carta que remite la unidad de multa expongo:

1.- Se dice que el interesado “NO HA PRESENTADO MAS ALEGACIONES”. Eso es FALSO yo siempre presento alegaciones. “VISTO QUE AMERSAM , HA INFORMADO QUE LA DENUNCIA ES CORRECTA (sin aportación de prueba alguna). AMERSAM es una empresa privada, no un cuerpo se seguridad oficial, le informo por si no tiene conocimiento Sr. ORTIZ CATELLON responsable municipal de la Guardia Urbana y de dicha sociedad anónima municipal, O sea como JUAN PALOMO YO ME LO GUISO, YO ME LO COMO.

2.- Dentro del procedimiento, sorprende y apena el trato acaso ilegitimo que se otorga al administrado por Ayuntamiento de Reus y su unidad de multas. LA ADMINISTRACIÓN FALTA A LA VERDAD. La diligencia del administrado ha permitido rechazar esa postura acaso torticera.Y sorprende esa actitud cuando la Administración nada acredita contra lo que le es de obligado cumplimiento y acude a lo que la doctrina conoce como “PRUEBA DIABÓLICA”. La prueba negativa.

Yo podré demostrar que estuve o hice, pero ¿Cómo puedo demostrar que no estuve ni hice? Someter al administrado a una exigencia inadmisible puede incluso suponer una DESVIACIÓN DE PODER, que creo es como se define, y lo digo con toda prudencia. Es competencia de la Administración demostrar con pruebas DE CARGO fidedignas y validas la acusación o sanción con la que se pretende denunciar al administrado QUE DESVIRTUÉ LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, en ningún caso es el administrado que tiene que demostrar su inocencia y así lo recoge la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA EN SU ARTICULADO CONCRETAMENTE ART. 24.

3.- Adicionalmente reitero que los vigilantes de la SAM Municipal (AMERSAM) NO SON AGENTES DE LA AUTORIDAD, ni siquiera para estos la presunción de inocencia es una “PATENTE DE CORSO”. Así lo han reconocido varias sentencias, pues la necesidad de la PRUEBA MUNICIPAL ES INDISCUTIBLE.
Pero, las LEYES privan de validez a unos testimonios, como en este caso, de unas personas asalariadas, empleadas de AMERSAM, que evidentemente de no satisfacer los deseos del empleador corren el riesgo de perder su empleo. EVIDENTEMENTE ESE TESTIMONIO ES INSOSTENIBLE.

Adicionalmente informo que el JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO 2 DE TARRAGONA ha admitido a tramite recurso presentado contra sanciones de ZONA AZUL DE REUS, la vista se celebrara el próximo 5 de octubre del 2010 las 12:30. sito Av. Roma nº 23 bajos Tarragona.

GERARDO DALMAU PAPIO

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