Noticia aparecida en el PERIODICO DIGITAL “LA VOZ DE GALICIA”
http://www.lavozdegalicia.es/vigo/2009/10/12/0003_8031283.htm
Si pasa en Vigo porque no puede pasar aquí en Reus?.
Los jueces consideran que no se ha demostrado con claridad que se hayan producido las infracciones.
Las dos sentencias son del juzgado de lo CONTENCIOSO NÚMERO 2 DE VIGO. El Juez menciona lo que aquí en este blog se comenta o sea que:
“El juez analiza la situación de los vigilantes del XER (zona azul), reconociendo que no tiene categoría de agentes de la autoridad, pero que como han sido identificados en el Boletín Oficial de la Provincia no es necesario que su nombre figure en las denuncias.
Por este motivo carecen de la presunción de veracidad de los policías municipales, aunque al menos tienen la misma que cualquier otro ciudadano.”
La única diferencia que existe entre la tramitación de las multas de VIGO con las de Reus es que los vigilantes de Vigo hacen fotos pero todo y con eso según la noticia, el JUEZ no las considera prueba de cargo, por no considerarlas como prueba que demuestre suficientemente el hecho que se pretende acreditar.
Si podéis leeros la noticia clicando en el link que se ha colocado al inicio, no tiene ningún desperdicio al contrario creo que el SR: EDUARD ORTIZ responsable municipal de la tramitación de multas y además de la empresa concesionaria de la ZONA AZUL DE REUS, también debería tomar nota y empezar a actuar con consecuencia, conciencia y tramitando estas denuncias que tramita respetando la LEY y la jurisprudencia que se esta creando con estas sentencias y otras anteriores.
Creo que costara mucho que aquí en Reus se haga caso en la forma que se tienen que tramitar estas denuncias, por el motivo que es muy bajo el porcentaje de gente que al final se atrebe a acudir al contencioso administrativo por el motivo que resulta mas caro el tramite que no la propia denuncia. Pero últimamente los diferentes Ayuntamientos ya son condenados a costas, como le paso al de SEVILLA.
http://www.diariodesevilla.es/article/sevilla/292158/la/sancioacuten/le/salioacute/cara/ayuntamiento.html
Esta forma de actuar creo que se considera actuación con FRAUDE DE LEY.
http://www.lavozdegalicia.es/vigo/2009/10/12/0003_8031283.htm
Si pasa en Vigo porque no puede pasar aquí en Reus?.
Los jueces consideran que no se ha demostrado con claridad que se hayan producido las infracciones.
Las dos sentencias son del juzgado de lo CONTENCIOSO NÚMERO 2 DE VIGO. El Juez menciona lo que aquí en este blog se comenta o sea que:
“El juez analiza la situación de los vigilantes del XER (zona azul), reconociendo que no tiene categoría de agentes de la autoridad, pero que como han sido identificados en el Boletín Oficial de la Provincia no es necesario que su nombre figure en las denuncias.
Por este motivo carecen de la presunción de veracidad de los policías municipales, aunque al menos tienen la misma que cualquier otro ciudadano.”
La única diferencia que existe entre la tramitación de las multas de VIGO con las de Reus es que los vigilantes de Vigo hacen fotos pero todo y con eso según la noticia, el JUEZ no las considera prueba de cargo, por no considerarlas como prueba que demuestre suficientemente el hecho que se pretende acreditar.
Si podéis leeros la noticia clicando en el link que se ha colocado al inicio, no tiene ningún desperdicio al contrario creo que el SR: EDUARD ORTIZ responsable municipal de la tramitación de multas y además de la empresa concesionaria de la ZONA AZUL DE REUS, también debería tomar nota y empezar a actuar con consecuencia, conciencia y tramitando estas denuncias que tramita respetando la LEY y la jurisprudencia que se esta creando con estas sentencias y otras anteriores.
Creo que costara mucho que aquí en Reus se haga caso en la forma que se tienen que tramitar estas denuncias, por el motivo que es muy bajo el porcentaje de gente que al final se atrebe a acudir al contencioso administrativo por el motivo que resulta mas caro el tramite que no la propia denuncia. Pero últimamente los diferentes Ayuntamientos ya son condenados a costas, como le paso al de SEVILLA.
http://www.diariodesevilla.es/article/sevilla/292158/la/sancioacuten/le/salioacute/cara/ayuntamiento.html
Esta forma de actuar creo que se considera actuación con FRAUDE DE LEY.